Legislacion Geotermica en Chile
En
1999, y luego de 9 años de discusión en el Congreso, se aprobó
la Ley Nº 19.657 "Sobre Concesiones De Energía Geotérmica",
la cual fue publicada en el Diario Oficial el 7 de enero de 2000. La ley establece
que la energía geotérmica es un bien del Estado, susceptible
de ser explorada y explotada, previo otorgamiento de una concesión
por parte del Estado.
Por medio de esta ley se definen las condiciones reglamentarias para la participación
de empresas privadas en las actividades de exploración y explotación
de esta fuente energética, excluyendo de sus alcances las aguas termales
que se utilicen para fines sanitarios, turísticos o de esparcimiento.
Además, reglamenta las relaciones entre los concesionarios, el Estado,
los dueños del terreno superficial, los titulares de pertenencias mineras
y las partes de los contratos de operación petrolera o empresas autorizadas
por ley para la exploración y explotación de hidrocarburos,
y los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas. Las concesiones que
esta ley establece que puede otorgarse son de exploración o explotación.
Sus principales características se detallan en el cuadro siguiente:
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Al
Ministerio de Minería le corresponde la aplicación, control y cumplimiento
de la Ley y sus reglamentos. Este Ministerio, a octubre de 2003, ha otorgado
12 concesiones para exploración geotérmica, según el siguiente detalle:
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